Nuevo impulso a la vivienda protegida
En los últimos meses se han aprobado dos iniciativas legislativas para desarrollar la promoción de vivienda protegida en alquiler que las consideramos una gran oportunidad para ampliar el pequeño parque de vivienda vivienda en nuestra sociedad.
El pasado mes de octubre se aprobó el Real Decreto 853/2021 por el que se regulan los Programas de Ayudas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondo Next Generation). El programa 6 de este RD regula las ayudas a la promoción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes. Este programa contempla ayudas de hasta 700€/m2 útil de vivienda con un máximo de 50.000€ por vivienda para desarrollar proyectos de nueva construcción o rehabilitación de edificios que actualmente no tienen el uso de vivienda. Estos proyectos deben desarrollarse sobre solares de titularidad pública oa través de sociedades mayoritariamente públicas o incluso mediante fórmulas de colaboración público-privadas (derecho de superficie, concesiones administrativas, …). Estos edificios tendrán que destinarse a alquiler social o cesión de uso por un mínimo de 50 años con unos requisitos técnicos de alta eficiencia energética. El precio máximo del alquiler lo fijará cada Comunidad Autónoma y los edificios tendrán que estar terminados antes de finales de junio 2026. En estos momentos está pendiente de redacción la transposición normativa de la Generalidad de Cataluña para el desarrollo normativo del Real Decreto.
Más recientemente se ha publicado el RD 42/2022 que desarrolla el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-25. Esta norma despliega diversas iniciativas de las que destacamos dos:
Programa 7. Programa de fomento de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad. Este programa fomenta la promoción de viviendas para ser destinadas al alquiler durante un plazo mínimo de veinte años con renta limitada y para ser arrendadas por personas mayores o personas con discapacidad. Se trata de fomentar promociones de viviendas con prestaciones, instalaciones y servicios adicionales como asistencia social, atención médica básica disponible 24h, limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales, así como terapias preventivas y de rehabilitación.
La ayuda podrá ser de hasta un máximo de 700€/m2c útil. La cantidad máxima de esta subvención no podrá superar el 50% de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 50.000 € por alojamiento y vivienda. Esta subvención será compatible con cualquier otra subvención otorgada por otras AA.PP. por el mismo objeto.
El precio del alquiler no podrá superar los 10€/m2 útil privativo. También se podrán repercutir el coste real de los servicios que disfrute el arrendatario, así como las demás repercusiones autorizadas por la normativa vigente.
Los destinatarios de estas viviendas serán personas de más de 65 años o personas con discapacidad con rentas anuales familiares que no superen cinco veces el IPREM. Estas personas no tendrán que ser propietarias de ninguna vivienda en el momento de acceder a estas viviendas.
Programa 8. Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos de cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares. Se trata de nuevas modalidades de vivienda en las que los espacios de interrelación ganan superficie a los espacios meramente privativos, lo que posibilita una mayor integración y relación entre los inquilinos.
La ayuda podrá ser de hasta un máximo de 420€/m2c útil considerando las privativos como los espacios comunes y de interrelación. La cantidad máxima de esta subvención no podrá superar el 50% de la inversión de la actuación, con un límite máximo de 50.000 € por alojamiento y vivienda. Esta subvención será compatible con cualquier otra subvención otorgada por otras AA.PP. por el mismo objeto.
El precio del alquiler no podrá superar los 8€/m2 útil privativo y la parte proporcional de la superficie de los espacios comunes y de interrelación. También se podrán repercutir el coste real de los servicios que disfrute el arrendatario, así como las demás repercusiones autorizadas por la normativa vigente.
Los destinatarios de estas viviendas tendrán que tener unas rentas anuales familiares que no superen cinco veces el IPREM.
Bajo nuestro criterio, estas iniciativas legislativas podrán ser un éxito si se activan otras acciones que mejoren la viabilidad económica y financiera de estos proyectos para dar respuesta a una parte importante de la población que está excluida del mercado de compra o alquiler de vivienda en el mercado libre.
Es imprescindible la colaboración público-privada para impulsar estos proyectos. Las Administraciones Locales son propietarias de solares destinados a vivienda protegida que será necesario movilizar sea con sus propios recursos financieros o bien con la participación del sector privado con o sin ánimo de lucro, para ofrecer una oferta extensa y de calidad. En este último caso, será necesario que ambas partes, se involucren y trabajen coordinadamente.